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El Gobierno nacional avanzó con una nueva reforma del sistema de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y anunció cambios que buscan ampliar la oferta de centros habilitados, simplificar los trámites y modernizar el esquema de controles vehiculares en todo el país.

La medida fue oficializada este miércoles mediante la Resolución 32/2026, publicada en el Boletín Oficial, y contempla la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, que dependerá de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

Con este nuevo esquema, las verificaciones técnicas podrán realizarse en cualquier taller que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa y se encuentre inscripto en el registro oficial. La habilitación alcanzará a talleres independientes, concesionarios e importadores, ampliando significativamente la cantidad de lugares donde los usuarios podrán realizar el trámite.

Según explicó el Gobierno, el objetivo es reemplazar un sistema considerado “cerrado, fragmentado y burocrático” por otro más competitivo, eficiente y accesible.

Qué cambia para los conductores

Uno de los principales cambios es que los propietarios podrán elegir libremente dónde realizar la revisión técnica de sus vehículos, siempre que el establecimiento esté habilitado por el nuevo registro nacional.

La iniciativa apunta a generar una mayor competencia entre los prestadores del servicio, reducir restricciones y facilitar el acceso a las inspecciones obligatorias.

Además, la inscripción de los talleres será digital, gratuita y se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). El proceso estará basado en una declaración jurada y contará con plazos definidos para su aprobación. Incluso se prevé una habilitación provisoria automática en caso de que la administración no se expida dentro del tiempo establecido.

Nuevos plazos para la revisión técnica

La resolución también modifica la frecuencia con la que deberán realizarse las inspecciones técnicas.

  • Para los vehículos particulares 0 km, la primera revisión será obligatoria a los cinco años de patentamiento.
  • Para los vehículos destinados al transporte de cargas o pasajeros, la primera inspección deberá realizarse dentro de los primeros 12 meses.

Luego, las revisiones periódicas quedarán establecidas de la siguiente manera:

Vehículos particulares

  • Hasta 10 años de antigüedad: cada 24 meses.
  • Más de 10 años de antigüedad: cada 12 meses.

Vehículos de carga y transporte de pasajeros

  • Cada 12 meses.

Otro de los puntos centrales de la reforma es la creación de una base informática nacional que concentrará toda la información de las inspecciones realizadas por los talleres habilitados.

La Subsecretaría de Transporte Automotor será la encargada de desarrollar este sistema, que permitirá registrar y controlar los certificados emitidos en todo el país, favoreciendo la interoperabilidad entre jurisdicciones y mejorando la trazabilidad de los controles.

¿Cambia el proceso de verificación?

Pese a la apertura del sistema, el Gobierno aclaró que no habrá cambios en las exigencias técnicas vinculadas a la seguridad vial.

Los talleres deberán seguir contando con un Director Técnico responsable y respetar los procedimientos de inspección establecidos por la normativa vigente. Fuente: TN

 

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